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Fallos: 341:338 de la CSJN Argentina - Año: 2018

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SENTENCIA ARBITRARIA
Corresponde desestimar el agravio que trasunta mera disconformidad con la sentencia que, al respecto, cuenta con fundamentos suficientes que no pueden ser descalificados al no observarse deficiencias lógicas o violación de las reglas de la sana crítica.

SENTENCIA ARBITRARIA
Es arbitraria la sentencia absolutoria que valoró la prueba en forma fragmentaria y aislada, incurriendo en omisiones y falencias respecto de la verificación de hechos conducentes para la decisión del litigio, en especial cuando por falta de adecuación al objeto constitutivo del cuerpo del delito prescindió de una visión de conjunto y de la necesaria correlación entre los peritajes, la prueba informativa y la testifical y de todos ellos con otros elementos indiciarios.


DELITOS DE LESA HUMANIDAD
Si el tribunal de juicio describió con precisión la amplia protección procurada por la estructura organizada de poder a la que pertenecían los encausados, que garantizaba la impunidad de las acciones ejecutadas en cumplimiento del plan sistemático de represión, resulta deficiente la fundamentación si al momento de analizar aspectos puntuales de los hechos juzgados se omitió incorporar a la valoración el contexto de grave impunidad que imperaba durante el último gobierno de facto como un factor relevante en la interpretación de las acciones estudiadas.

SENTENCIA ARBITRARIA
Carece de la debida fundamentación el pronunciamiento que omitió examinar el rol que tuvo la superioridad jerárquica que ostentaba uno de los acusados respecto de otro y el resto de sus subordinados y el cumplimiento de roles funcionales diferenciados en la cadena de mando, que habría significado la atribución de intervenciones cualitativamente distintas entre sí y que no corresponda la extensión automática de los argumentos utilizados al analizar la situación de uno para su aplicación al otro, sin cierta adecuación analítica.

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Año: 2018, CSJN Fallos: 341:338 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-341/pagina-338

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