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Fallos: 340:615 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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PROFESOR UNIVERSITARIO
El docente universitario no puede exigir la prórroga o renovación del interinato y, mucho menos, pretender que éste se disponga por un plazo determinado, cualquiera que fuese el tiempo por el cual se prorrogan las designaciones de los restantes docentes, sin que las diferencias en uno y otro caso puedan originar lesión alguna a la garantía de la igualdad consagrada en el texto constitucional.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.

PROFESOR UNIVERSITARIO
Es arbitraria la sentencia que condena a una universidad nacional a reincorporar a un docente universitario en el cargo que desempeñaba como profesor interino adjunto hasta tanto convoque a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir ese cargo y abonarle salarios caídos, toda vez que las designaciones en el cuerpo docente tienen un límite temporal en función del sistema clásico de periodicidad de las cátedras.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T A fs. 51/56 de los autos principales (a los que corresponderán las siguientes citas), la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán -por mayoría- resolvió hacer lugar al recurso interpuesto por Walter Adolfo Ryser y, en consecuencia, condenó a la Universidad Nacional de Catamarca a reincorporarlo en el cargo que desempeñaba como profesor interino adjunto de la cátedra de Matemática 1 de la Facultad de Ciencias Económicas perteneciente a la aludida universidad, hasta tanto convoque a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir ese cargo, y abonarle salarios caídos.

Para así resolver, sostuvo que en el ámbito universitario cabía distinguir dos clases de docentes: (a) quienes habían accedido al cargo por concurso y perdieron la condición de regulares por el vencimiento

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:615 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-615

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