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Fallos: 340:521 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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DI PASCUALE, JOSÉ HUMBERTO s/ INFRACCIÓN ART. 302 DEL CP

CHEQUE SIN PROVISION DE FONDOS
Corresponde que el juez nacional -y no el provincial- continúe conociendo en la denuncia por el presunto cobro de un cheque con sello y firma falsificados y cuya cuenta carecía de fondos, si no se ha determinado una calificación sobre la que decidir la competencia, máxime si el libramiento de cheques sin fondos es una figura subsidiaria de la estafa.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia finalmente trabada entre los titulares del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 11 y del Juzgado de Garantías n" 3 del departamento judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa instruida a raíz de la denuncia de Carlos José K., presidente de "B € K, S.A".

Allí refirió que fue contactado por el abogado de Ricardo Alfredo H., propietario de "The V. B. Company S.A.", por la imposibilidad de cobro de un cheque en el que figuraba como endosante y, al recibir copia del documento vía email, constató que el sello y la firma atribuidos a su empresa habían sido falsificados.

De las constancias incorporadas al legajo surge que el cheque es de titularidad de Norberto Osvaldo F: (fs. 3), que su firma fue falsificada (fs. 279/282), que la cuenta nunca tuvo fondos y fue cerrada casi cuatro meses después de su apertura (fs. 51 y 71 vta.), que durante ese lapso se intentaron cobrar otros documentos (fs. 204, último párrafo) y que aquél fue endosado tres veces.

El primero de ellos es el que K. denunció como apócrifo, el segundo pertenece a D. P, imputado, quien habría referido en un escrito que entregó al presentarse a declarar -el cual no fue agregado- que lo recibió de un tal Juan Carlos A. respecto del cual no se habría recabado información de relevancia y, el tercero, corresponde a H., quien habría sufrido el perjuicio patrimonial.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:521 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-521

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