Por ello y oída la señora Procuradora Fiscal, se resuelve: Declarar que la presente causa no corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Notifíquese, comuníquese y devuélvase al Juzgado Federal de Salta n° 2.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLAsco — JUAN
CARLOS MAQUEDA — Horacio ROsaTti.
Parte actora: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), representada por la doctora Carmen Nora Barrientos.
Parte demandada: Provincia de Salta, representada por el doctor Guillermo D. Pereyra, con el patrocinio letrado del doctor Fernando Ríos.
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1692
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