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Fallos: 340:1378 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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En suma, la demandada no puede eximirse de responsabilidad a la luz de la doctrina "Campillay" pues esta no protege al medio cuando deja de ser un simple difusor de una información originada en alguna fuente distinta y se transforma en el autor de una información dañosa o agraviante.

7") Que tampoco se verifican las restantes eximentes de responsabilidad que contempla la doctrina citada. En efecto, durante la emisión del programa no se reservó la identidad del actor y, por el contrario, se lo identificó acabadamente.

Así, después de que el señor Fernández hubiese dicho que el autor del homicidio había sido un kinesiólogo de treinta años, residente de la ciudad de Rufino y amante de la madre de la joven Fraticelli, la señora Melgarejo identificó al actor por su apellido y profesión, lo ubicó en la escena del crimen y suministró los pormenores de cómo se habrían desarrollado los acontecimientos que "aparentemente" llevaron a tan trágico desenlace.

8 Que no obsta a la atribución de responsabilidad que en ciertos pasajes de su intervención la señora Melgarejo utilizara verbos en modo o tiempo potencial (así, al afirmar que el actor "sería" amante de la señora Dieser) o términos que relativizarían lo afirmado ("aparentemente"). En efecto, esta Corte ha señalado en reiteradas ocasiones que la verdadera finalidad de esta eximente es otorgar protección "a quien se ha referido sólo a lo que puede (o no) ser, descartando toda aseveración, o sea la acción de afirmar o dar por cierta alguna cosa. No consiste solamente en la utilización de un determinado modo verbal —el potencial— sino en el sentido completo del discurso, que debe ser conjetural y no asertivo. Si así no fuera, bastaría con el mecánico empleo del casi mágico "sería" para poder atribuir a alguien cualquier cosa, aún la peor, sin tener que responder por ello" (Fallos: 326:145 , 4285).

En el caso, las afirmaciones distan mucho de restringirse al campo de lo exclusivamente conjetural y avanzan, por el contrario, en el terreno de lo asertivo. Así, se dio por cierto que Natalia Fraticelli habría regresado a su casa antes de lo previsto, que habría encontrado a su madre "aparentemente" junto a "este kinesiólogo de apellido Martín" y que "a partir de ahí se desencadena este hecho escalofriante". El sentido global del discurso excedió lo conjetural y tuvo la potencialidad de crear sospechas en el público respecto de la participación del señor

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1378 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-1378

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