Recurso extraordinario interpuesto por María del Carmen Ortega, actora en autos, representada por el doctor Daniel César Frontini, en calidad de apoderado.
Traslado contestado por Federación Patronal Seguros S.A., demandada en autos, representada por el doctor Luis Alberto Pérez Romero, en calidad de apoderado.
Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 66.
V. IL, R. ce/ OBRA SOCIAL per PODER JUDICIAL DE La
NACIÓN s/ ORDINARIO
NORMAS FEDERALES
En la tarea de esclarecer la inteligencia de las normas federales la Corteno se encuentra limitada por los argumentos de las partes o dela quo, sino que le incumbe realizar una declaratoria sobre el punto disputado sin necesidad de abordar todos los temas propuestos sino aquellos que sean conducentes para una correcta solución del caso.
DERECHO A LA SALUD
Si bien se ha reconocido el carácter fundamental del derecho a la salud y la especial atención que merecen las personas con discapacidad, tales derechos de raigambre constitucional, así como los principios y garantías consagrados en la Carta Magna, no son absolutos sino que deben ser ejercidos con arreglo a las leyes que reglamentan su ejercicio, con la única condición de no ser alterados en su substancia.
OBRAS SOCIALES
La decisión de obligar a la entidad social a afrontar el 100 de la cobertura de las prestaciones médicas, educativas y de transporte del menor discapacitado conforme con las prescripciones, recomendaciones y derivaciones que se le efectúen y con los medios elegidos por los responsables del menor para llevarlas a cabo no resulta razonable en tanto desconoce la plataforma normativa cuya constitucionalidad no ha
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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:1269
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