Por estos fundamentos, fallo no haciendo lugar á lo pedido en el escrito de foja 1, dejando á salvo al actor sus derechos para que los use como corresponda.
Virgilio M. Tedin.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 65 de 1888, Vistos: Demostrando los hechos aseverados en la demanda, como enla espresion de agravios, que se trata al presente de un caso preciso y práctico sometido á la decision judicial, y no de una declaracion en abstracto, como se establece en la sentencia apelada, y que además el demandante tiene un interés legítimo que hace valer en el juicio; por estos fundamentos y de conformidad ú lo dispuesto por el artículo cuarenta y ocho de la ley de patentes de invencion, de Octubre once de mil ochocientos sesenta y cuatro, se revoca dicha sentencia, corriente á foja dieciseis; y devuélvanse los autos al Juez de Seccion para que proceda ú tramitar y resolver lo que corresponda en la demanda interpuesta. Repónganse los sellos.
BENJAMIN VICTORICA. — ULADISLAO
FRIAS — FEDERICO IBARGÚREN,
— €. S. DE LA TORRE.—SALUS
TÍANO 4. ZAVALIA.
 
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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:347 
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