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Fallos: 339:858 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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se saber, acumúlese la queja al principal y devuélvase el expediente a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA 1. HIGHTON DE NoLasco — JUAN
CARLOS MAQUEDA.
Recurso de queja interpuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social representado por Marta Carmen Rey.

Tribunal de origen: Sala I, Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 16.


SANTOS, VICTOR MANUEL c/ AFIP - DGI
COPIAS
Corresponde desestimar la queja que no cumple con el requisito previsto en el inciso a del art. 7° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, toda vez que la copia de la sentencia apelada presenta ostensibles deficiencias que impiden su íntegra lectura.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de junio de 2016.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Santos, Víctor Manuel c/ AFIP - DGT", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja deducida a raíz de la denegación del recurso extraordinario no cumple con el requisito previsto en el inciso a del art. 7° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, toda vez que la copia de

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:858 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-858

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