336 707 //-T0 DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON RICARDO LUIS LORENZETTI Y
DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI
Considerando:
Que el Tribunal comparte y hace suyos los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos términos corresponde remitirse por razones de brevedad.
Por ello, se declara la improcedencia formal del recurso extraordinario interpuesto. Costas por su orden en atención a la naturaleza com Ida: la cuestión planteada. Notifíquese y devué se.
LA — s LUIS LORENZETTI Ara
IL ZAFFARONI
VO-//-
//-TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON JUAN CARLOS MAQUEDA Considerando:
1) Que el plenario de Representantes de la Comisión Federal de Impuestos, mediante la resolución 111/06, al rechazar la revisión solicitada por Central Térmica Sorrento S.A., confirmó la resolución 332/05 del Comité Ejecutivo de ese organismo, por la cual se desestimó la denuncia formulada por esa em
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:707
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