1760 336 constitución provincial que está integrado exclusivamente por autoridades ¡locales: el presidente del Superior Tribunal de Justicia, el Fiscal de Estado y un diputado de la minoría, según el art. 46) en el marco de elecciones provinciales, por lo que entiendo que el pleito es de naturaleza electoral y, por lo tanto, se rige por el derecho público local —sin perjuicio de que esas elecciones se celebren simultáneamente con los comicios nacionales, toda vez que no se encuentran en juego las candidaturas nacionales, sino únicamente las ¡locales para gobernador y vicegobernador-, lo cual impide la tramitación de la causa ante los estrados de la Corte en esta instancia originaria.
Así lo pienso, pues el asunto se relaciona con el procedimiento jurídico político de organización, es decir, a un conjunto de actos que deben nacer, desarrollarse y tener cumplimiento dentro del ámbito estrictamente local (Fallos:
326:193 y 34468; 327:1797 ; 329:5809 ; dictamen in re C. 1637, XLIV, Originario "Colegio de Abogados de Tucumán c/ Tucumán, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad", del 2 de febrero de 2009, a cuyos fundamentos se remitió V.E. en su sentencia del 7 de abril de 2009; entre otros).
Al respecto, debe ponerse de relieve que el art. 122 de la Constitución Nacional dispone que las provincias "Se dan sus propías instituciones locales y se rigen por ellas. Eligen sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios de provincia, sin intervención del Gobierno federal", con la obvia salvedad de que en este precepto la palabra "Gobierno" incluye a la Corte Suprema, a la que no le incumbe "discutir la forma en que las provincias organizan su vida autónoma conforme al art.
105 de la Constitución Nacional" (tal como lo sostuvo V.E. en oportunidad de expedirse en Fallos: 177:390 al debatirse la validez de la Constitución de Santa Fe). Ello es así, en razón de que conservan su soberanía absoluta en lo que concierne a los poderes no delegados a la Nación, según lo reconoce el art. 121 de la Ley Fundamental.
Por otra parte, es mi parecer que se intenta la
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1760
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