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Fallos: 336:1278 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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1278 336 Notifíquese, tómese razón y devuélvase al tribunal de origen a sus efectos, 7 > LA 0
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DOÑA CARMEN M., ARGIBAY
Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos, en lo pertinente, los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos términos se remite en razón de la brevedad.

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1278 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1278

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