1212 336 170 vta. y siguientes). Cabe señalar, que en su recurso de casación obrante a fojas 138/143 además de objetar la asimilación del supuesto al precedente "Sabbadin" impugnó por inconstitucional el sistema de la LRT recordando que había deducido la pretensión de resarcimiento por un bien lesionado en el marco del contrato de trabajo como consecuencia de haberse incumplido con el deber de seguridad consagrado en el art. 75 de la LCT en la realización de tareas habituales y puntualizando allí que las respuestas del sistema especial dirigidas a los accidentes y enfermedades profesionales previstos en el art. 6 de la IRT dejaban abierta la posibilidad de ese planteo (ver fojas 139 vta./142, reiterando las objeciones deducidas con la demanda ver fojas 3 vta./6).
5) Dada la similitud en este punto, con la causa "Vea Murguía de Achard, María Salomé y otros c/ Estado Nacional M" de Defensa - Estado Mayor General del Ejército", (Fallos:
329:3956 ), cabe considerar que la regla allí sentada es la que gobierna el presente caso.
En dicho expediente esta Corte ha declarado que la designación por el art. 14 de la ley 48 de los tribunales superiores de provincia, obliga a éstos a pronunciarse sobre aquellos puntos federales que, de acuerdo con el mismo artículo, resultarían comprendidos en el recurso extraordinario de apelación. El cumplimiento de dicha obligación no puede excusarse siquiera sobre la base de restricciones impuestas por su propia jurisprudencia, sus constituciones o leyes provinciales (Fallos:
308:490 y 311:2478 , en particular, considerandos 13 y 14).
En función de lo expuesto, concluyó que la directriz a aplicar, es aquella según la cual: el recurso extraordinario habilita la revisión por la Corte Suprema de las mismas cuestiones federales que la sentencia recurrida ha tratado y resuelto.
Cuando, por el contrario, tal resolución previa no ha tenido lugar, porque el tribunal de última instancia designado por las leyes 48 o 4055 ha omitido tratar la cuestión federal por apli
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1212
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