1210 336 queja a los autos principales. Notifíquese y, oportunamente, remítanse. 7 y A
CARLOS Sy FAYT
y DA DA ELENÁL HIGHTONGe NOLASCO Yo-//<£qKLtam: Ae TT, E RAUL ZAFFARONI (pas 7
CARMEN M. ARGIBAY
//-ITO DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M. ARGIBAY Considerando:
1) El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, al rechazar el recurso extraordinario local de inconstitucionalidad de la ley, dejó firme la decisión de la instancia que declaró la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad y rechazó la demanda fundada en la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) n% 24.557 (v. fs. 163/164, 138/144 y 130/137, respectivamente).
El actor, quien trabajó en una fábrica vinculada a la industria automotriz, reciamó solo a Liberty A.R.T. la reparación de la incapacidad laboral derivada de ciertas afecciones que atribuyó a las tareas de esfuerzo que realizaba. La A.R.T.
desestimó el reclamo porque se trataba de patologías no incluidas en la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo (L.R.T.), petición que resultó también rechazada por la comisión médica regional.
Compartir
70Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1210
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-1210¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 336 Volumen: 2 en el número: 342 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
