RODOLFO SOTELO c/ JOSE CARLOS GONZALVEZ
RIESGOS DEL TRABAJO.
Corresponde revocar el pronunciamiento que, al rechazar el recurso extraordinario local de inaplicabilidad de ley, dejó firme la decisión que declaró la cosa juzgada respecto del planteo de inconstitucionalidad del art. 39.1 de la Ley de Riesgos del Trabajo y se inhibió de entender en la acción con fundamento en el derecho común, en tanto otorgó un inadecuado alcance a la sentencia que dictó la incompetencia de la justicia civil y reconocer la aptitud jurisdiccional de la justicia del trabajo local, no obstando a ello que el a quo haya señalado que no hubo declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley mencionada, por cuanto tal omisión es reprochable a los jueces.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:
—I-
El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones, por mayoría, al rechazar el recurso extraordinario local de inaplicabilidad de ley, dejó firme la decisión del juez de primera instancia que declaró la cosa juzgada respecto del planteo de inconstitucionalidad del art. 39.1 de la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557) y se inhibió de entender enla acción con fundamento en el derecho común (v. fs. 380/385, fs. 279/286, fs. 215/218, respectivamente).
Para así decidir, luego de afirmar que el planteo de la actora "resulta de difícil comprensión", entendió que podía reducirlo en tres líneas directrices 1) La impugnación de la norma que eximió de responsabilidad civil a los empleadores eliminando la acción judicial civil derivada de infortunios laborales; 2) La intervención obligada de las Comisiones Médicas y la posibilidad de interponer recursos contra sus decisiones; 3) La definición del órgano judicial competente para entender en recursos o acciones contra las decisiones de los órganos mencionados en el punto anterior.
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Año: 2009, CSJN Fallos: 332:2302
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