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Fallos: 331:238 de la CSJN Argentina - Año: 2008

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Recurso ordinario de apelación interpuesto por la ANSeS, representada por el Dr.

Juan José Gadea.

Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Provincia de San Luis.


ENRIQUE FISCH c/ ANSES

JUBILACION Y PENSION.
Corresponde revocar la sentencia que ordenó a la ANSeS que mantuviera a la recurrente en el goce de las pensiones municipal y nacional ya que ala fecha del cese en la actividad del afiliado regía el art. 42, inc. 3" del decreto 1645/78, que contemplaba el derecho a percibir la jubilación ordinaria mediante el computo de trabajos en relación de dependencia y autónomos con un monto equivalente a la suma de haberes correspondientes a cada clase de servicios, circunstancia que lo excluye de la excepción prevista en las leyes 21.153 y 23.604 al principio de la prestación única.

Del precedente "Bariain", al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

El planteo del recurrente en el sentido de que el encuadramiento del caso en la ley 23.604 excluía la aplicación de los arts. 64, inciso a, y 79 de la ley 18.037 no puede prosperar, ya que no se hace cargo de que la alzada juzgó que no se habían cumplido los requisitos formales y sustanciales para la excepción prevista por el art. 1° de la ley 23.604, de modo que el caso debía regirse por el principio de prestación única del art. 23 de la ley 14.370, aspecto que lleva a declarar la deserción del recurso ordinario sobre el punto.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de febrero de 2008.

Vistos los autos: "Fisch, Enrique c/ ANSeS s$/ reajustes varios — medida de no innovar".

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Año: 2008, CSJN Fallos: 331:238 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-331/pagina-238

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