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Fallos: 330:4502 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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330 recurso local deinaplicabilidad de la ley, pues ellos, en dicho contexto, carecen de interés actual.

Dicha solución la propicio mientras la menor, nacida el 8 de noviembre de 1986 (v. copia del acta de nacimiento afs. 7), no haya arribado a la mayoría de edad, situación en la que deberá cesar la intervención del ministerio pupilar, y corresponderá otorgarle participación ala actora, para entonces mayor de edad, si así losdicita. Buenos Aires, 20 de setiembre de 2007. Marta A. Beiró de Goncal vez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de octubre de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por María Cristina Pastrana en representación de su hija menor E. M. C. en la causa Pastrana, María Cristina y otros e/ Municipalidad de Coronel Pringles", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, que el Tribunal comparte y hace suyos por razón de brevedad.

Por ello, sedeclara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen afin de que tome debida intervención el Ministerio Pupilar y haga valer los derechos que estime corresponder en el juicio. Agréguese la queja al principal. Notifíquese y remítase.


RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOs S.

FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLos MAQuEDA — E.
RAÚL ZAFFARONI.
Recurso de hecho inter puesto por María Cristina Pastrana, en representación de su hija menor de edad, con el patrocinio del Dr. Luis Alberto Larceri.

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4502 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-4502

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