RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.
Cuando se halla en discusión la inteligencia de una ley federal, no corresponde quela Corte se limite a los agravios planteados por las partes o por el tribunal a quo.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
LEY: Interpretación y aplicación.
El mejor método de interpretación de una norma, cualquiera sea su índole, es el que tiene primordialmente en cuenta su finalidad.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
LEY: Interpretación y aplicación.
La exposición de motivos de las normas legales constituye un valioso criterio interpretativo acerca de la intención de sus autores.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
El interés económico gener al que busca preser var la ley de defensa de la com petencia noresguarda en situación de igualdad a "ambos sujetos del mercado", sino que la protección legal tiende principalmente al bien de la comunidad.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
Es descalificable el pronunciamiento que, al restar trascendencia ala finalidad de protección del bien de la comunidad que resguarda la ley de defensa de la competencia y asignar entidad dirimenteala ausencia de "excedente del productor", ha efectuado una interpretación que desconoce el objeto de la ley sin quela sola invocación de un trabajo publicado por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia aparezca como fundamento suficiente para concluir en la atipicidad de la conducta, máxime cuando tuvo por acreditado el aumento de los precios del gas licuado de petróleo durante el período que fue materia deinvestigación —extremo que, sumado a otras probanzas, la Comisión había juzgado apto para afectar el interés económico general— y no se efectuaron otras consideraciones para desvirtuar la responsabilidad atribuida en sede administrativa.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.
Al nohaberse fundado lo resuelto en pruebas que, razonablemente, respalden la explicación brindada por la empresa, la decisión que r evocó la sanción impuesta
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2194
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