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Fallos: 328:578 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

El retardo en el pago del crédito del jubilado que implica la adición de una tercer instancia ordinaria, termina despojándolo de su sentido, pues la naturaleza previsional de las prestaciones no se compadece con la posibilidad de que las sentencias se dilaten, máxime cuando existe una jurisdicción especializada que garantiza que las cuestiones puedan ser revisadas en dos instancias judiciales y resguarda las reglas del debido proceso al permitir que las partes tengan suficiente oportunidad de ser oídas (Disidencia parcial dela Dra. Carmen M. Argibay).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento y sentencia.

La doctrina de la Corte en cuantoa la necesidad de simplificar y poner límites temporales ala decisión final delas controversias, que ha tenido su correlato en materia previsional, es coincidente con principios que resultan de convenciones internacionales que hoy tienen reconocimiento constitucional (Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 8, primer párrafo) (Disidencia parcial dela Dra. Carmen M. Argibay).

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad einconstitucionalidad. Leyes nacionales.

El recurso ordinario de apelación establecido en el art. 19 de la ley 24.463, impideobtener, en un plazo razonable, una decisión judicial que ponga fin a lacontroversia planteada al alterar la competencia apelada de la Corte (arts. 14 bis, 18 de la Constitución Nacional y 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), lo que no encuentra justificación en los fines que se propuso el Congr eso Nacional (art. 28 dela Constitución Nacional) (Disidencia parcial de la Dra. Carmen M. Argibay).

CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Facultades del Poder Judicial.

Es lícito dejar de aplicar un precepto que entra en colisión con enunciados de la Constitución Nacional al tornar ilusorios los der echos por ella consagrados (Disidencia parcial de la Dra. Carmen M. Argibay).


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

Contra la sentencia de los miembros de la Sala Il| de la Cámara Federal de la Seguridad Social que, por mayoría, confirmaron la de

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:578 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-578

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