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Fallos: 328:5385 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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terísticas de un proceso que se sustancia con resguardo del debido proceso, es decir tramita según un procedimiento reglado y orientado a administrar justicia. Esto último equivale a decir a dar a cada parte su derecho, sea a la acusación en cuanto le asista el de obtener la remoción del magistrado, sea a éste, en cuanto le asista el de permanecer en sus funciones y el de definir su situación en el plazo que el constituyente ha establecido al Jurado en el artículo 115.

Es por ello que cualquiera que sea la decisión final que se adopte con relación al juez Mahdjoubian en la presente, ha de requerirse al Consejo de la Magistratura que en lo sucesivo se eviten situaciones comola descripta precedentemente.


EL PLANTEO DE NULIDAD. EL OBJETO PROCESAL.
2) Quela petición dela defensa de que se declare la nulidad dela acusación del Consejo de la Magistratura basada esencialmente en la falta de precisión y de fundamentación de los car gos, ha sido decidida afs. 871/2, razón por la cual setrata de una cuestión definitivamente resuelta y a ella corresponde remitirse.

Los cargos formulados en la acusación del Consejo de la Magistratura definen el objeto procesal y del imitan la actuación de este Jurado, sin que corresponda considerar los introducidos por los representantes de dicho organismo al alegar (irregularidades en las causas "Theotokis" y "Finazzi"; no haber evacuadolas consultas dela secretaria de Loyola durante los turnos).

Los principios procesales que reconocen raigambre constitucional sólo exigen que a un fallo preceda una acusación que precise los hechos atribuidos, y ello es aplicable a los enjuiciamientos de magistrados. Ello tiene su razón de ser en que el debido proceso involucra una seriedegarantías sustanciales, entreellasla relativa a que el pronunciamiento del Jurado haga referencia únicamente a los hechos objeto de acusación, los que determinan la materia sometida a juzgamiento.

Su pronunciamiento sobre hechos no incluidos en la acusación afectaría el debido proceso además de constituir un desborde de las atribuciones de este cuerpo por invasión de las exclusivas del órgano acusador.

El deber de los jurados de enjuiciamiento, cualesquiera que sean las peticiones de la acusación y dela defensa, consiste en precisar las

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5385 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-5385

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