con base en el conocimiento que tenía de la inconducta del secretario respecto del trato que dispensaba a sus empelados como así también de distintos sucesos por él protagonizados.
La permisiva actitud del magistrado quedó evidenciada cuando peseatener conocimiento del trato indecoroso eirrespetuoso que brindaba no dispuso las medidas administrativas correspondientes a efectos de poner fin a la situación de inequidad, y —algunas veces- de discriminación a las que se exponían a empleados, detenidos y letrados.
Por las razones expuestas en el voto, el cargo se encuentra probadoy en consecuencia se ha acr editado su mal desempeño (arts. 53, 110 y 115 de la Constitución Nacional, disposiciones pertinentes de la ley 24.937 (t.o. decreto 816/99) y del Reglamento Procesal del Cuerpo).
c) Hechos vinculados al trámite de las causas N° 22.381/98 "Peterson, Todd Thomas s/ defraudación"; 34.500/00 "Bercovich, Enrique y otros"; 46.267/01 "MIELE, Francisco Jorge s/ defraudación, dte.
AFA"; 61.484/00 "AFA y otros s/defraudación por administración fraudulenta; 14.988/00 "OTTURI, Juan Emilio y otro s/ defraudación" —únicamente respecto del cargo mantenido-.
44) Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que cualquiera sea el acierto o el error de las resoluciones objetadas, ello deberá ser establecido dentro de los cauces procedimentales y por el juego de los recur sos que la ley suministra a losjusticiables. En este orden de ideas, resulta impensable que la potestad política que suponeel enjuiciamiento de la conducta de los jueces esté habilitada para inmiscuirse en la tarea jurisdiccional de éstos y formular juicios al respecto (doctrina de Fallos: 277:52 ; 278:34 ; 302:102 ; 303:695 , entre otros).
45°) Que, el presupuesto necesario de la función dejuzgar resultaría afectado si los jueces estuvieran expuestos al riesgo de ser removidos por el solo hecho de que las consideraciones vertidas en sus sentencias puedan ser objetables, a excepción de que aquellas constituyan delitos o traduzcan ineptitud moral o intelectual (conf. C.S.J.N, Fallos: 274:415 citas del JEM, en causas N ° 3 "Doctor Ricardo Bustos Fierros/ pedido de enjuiciamiento" y N° 9 "Dr. Ricardo Lona s/ pedido de enjuiciamiento) y que esos errores no constituyan un "patrón de conducta" que afecte la imparcialidad del juzgador (conf. JEMN, en causa N° 8 caratulada "Dr. Roberto Enrique Murature s/ pedido de
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:5383
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