Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 328:4994 de la CSJN Argentina - Año: 2005

Anterior ... | Siguiente ...



REIVINDICACION
Ver: Recurso extraordinario, 127.

REMUNERACIONES
Ver: Superintendencia, 1 a 3. .

RENUNCIA
Ver: Jurisdicción y competencia, 51.

REPRESENTACION PROCESAL
1. En razón de que su apoderada solo efectuó la ratificación del escrito una vez vencido el plazo legal para hacerlo, corresponde declarar la nulidad de la presentación (art. 48 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) efectuada por el letrado patrocinante de la actora que dedujo, en calidad de gestor, recurso de aclaratoria respecto del fallo de la Corte Suprema: p. 4237. " . ,

RESIDUOS PELIGROSOS
Ver: Jurisdicción y competencia, 42.

RESOLUCION ADMINISTRATIVA ,
Ver: Combustibles, 1; Recurso ordinario de apelación, 11.

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO — Ver: Daños y perjuicios, 7.

RESPONSABILIDAD MEDICA
Ver: Recurso extraordinario, 59. 104, 175, 176.

RESTITUCION INTERNACIONAL DE MENORES" 1. Corresponde confirmar la sentencia que ordenó la restitución de la niña a la República del Paraguay si la recurrente no demostró con el grado de certeza que es menester, 1) Ver también: Tratados internacionales, 2,3.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

82

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4994 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-4994

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 328 Volumen: 4 en el número: 1136 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos