SERGIO O. DUGO
AVOCACION.
En tanto la avocación sólo procede en casos excepcionales, cuando se evidencia arbitrariedad o extralimitación, o razones de superintendencia general la tornan pertinente, corresponde rechazar la solicitud de que la Corte Suprema se avoque al conocimiento de un sumario administrativo, fundada en las "graves irregularidades cometidas por el instructor", pues la actuación de éste fue avalada por la mayoría de la cámara en todas las múltiples resoluciones que se dictaron con motivo de la instrucción, por lo que no se verifican tales circunstancias.
SUMARIO ADMINISTRATIVO.
Es abstracto resolver acerca del pedido de apartamiento de la secretaria en un sumario administrativo, si fue relevada de seguir interviniendo.
SUMARIO ADMINISTRATIVO.
Es improcedente la petición de apartamiento de un funcionario del Cuerpo de Auditores Judiciales, si no se encuentra bajo la superintendencia de la Corte Suprema, sino del Consejo de la Magistratura.
RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de noviembre de 2005.
Vista la avocación planteada por el juez de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Dr. Sergio O. Dugo, y Considerando:
1) Que el peticionario sdlicita que el Tribunal "se avoque de manera urgente al conocimiento del sumario administrativo 359/03... a los efectos de llevar a cabo las investigaciones que sean necesarias para determinar las responsabilidades que puedan surgir y adoptar las medidas que sean pertinentes". Ello, "en virtud delas gravesirregularidades cometidas por su instructor, Dr. Román Julio Frondizi".
Asimismo, requiere el "apartamiento inmediato de los actuarios, Dres. Martín Dondiz y María Gabriela Silvina Daudet" (fs. 27/29), fundado en similares razones.
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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:4057
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