ción a la causa 37.575 que estaba en trámite y en la que se pidió el informe. Esta causa se había acumulado por cuestiones de conexidad a la causa 35.215 que se encontraba archivada al momento del informe, respecto dela cual corría por cuerda y ala fecha dela contestación ala cámara la misma no había sido desacumulada (cf. fs. 47 de la causa 37.575).
No puede descartarse que dicha omisión pudo haberse generado en razón del trámite de conexidad existente entre ambos expedientes penales.
Lo expuesto se despr ende de los fundamentos mencionados por el Dr. Murature al dictar el 27 de agosto de 1998 el archivo en la causa nro. 37.575 al señalar que: "...e presentellega a conocimiento del Suscripto por razones de conexidad con e sumario 35.215...
Que tal decisorio evidencia una vez más la estrecha relación entre ambos expedientes, tal es así que el Dr. Murature dispuso el archivo dela 37.575 en virtud de lo resuelto por el Superior en la 35.215.
Corrobora también lo afirmado el testimonio de Ricardo Delgadillo, Prosecretariodel Juzgado de Instrucción 26 que colaboróen el trámite dela causa, expresando en tal sentido que: "...sedisponeel archivo. O sea, sehacela notificación del sobreseimiento, sedispone el archivo y todos los expedientes que estaban en ese sumario pasan a la prueba del sumario, que quedó tramitandoun tienpo más...".
Por otrolado, cabe agregar que el Dr. Murature válidamente pudo haber creído, en base a la investigación realizada, que una devolución prematura de los expedientes afectados podía poner en serio riesgola conformación de la prueba, máxime cuando la remisión era solicitada por parte de un organismo disciplinario donde se había determinado que no se daban las garantías mínimas y necesarias para su preservación.
TRÁMITE DE LA CAUSA N° 35.193/98 caratulada "FORMARO, José y otros sS ESTAFA PROCESAL".
58) Que se acusa al magistrado por que: habiendo Pallasá efectuado tresdenuncias con distintos nombres, aquél ratificóla quefuesorteado e Juzga
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5419
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