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Fallos: 326:4274 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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326 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Es descalificable el pronunciamiento que —al denegar el pedido de exención de prisión— soslayó, sin razón alguna, la consideración de aquellos elementos de juicio que razonablemente permitían advertir que, al cometerse el hecho objeto de investigación, había transcurrido el lapso exigido en el art. 50, cuarto párrafo del Código Penal y omitió consider ar el argumento oportunamente invocado por la defensa, acerca de la confusión que emanaba del fallo entre el plazo establecido en dicha norma y el término de diez años previsto en el art. 51, inc. 22, del mismo texto legal.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta defundamentación suficiente.

Corr esponde dejar sin efecto el pronunciamiento que-al no hacer lugar ala exención de prisión— invocó dogmáticamente preceptos legales —arts. 50 del Código Penal y 319 del Código Procesal Penal de la Nación efectuado una aplicación errónea y parcial de los mismos, sin tener en cuenta prueba relevante y oportunamente propuesta por la defensa para resolver correctamente el beneficio solicitado.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Tribunal superior.

La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional que no hizo lugar a la exención de prisión, no constituye el superior de la causa a los fines del recurso extraordinario (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—|-

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, confirmó lo resuelto en primera instancia en cuanto no se hizolugar a la exención de prisión de Gustavo Adolfo Del Popolo, en la causa en la que se encuentra acusado por los delitos de daño y tentativa de defraudación por sustracción (fs. 355 y 363/371 de las actuaciones principales que corren por cuerda).

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4274 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-4274

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