En lo que aquí interesa, esta redacción se mantuvo durante once años hasta que, en ejercicio de las facultades delegadas por la ley 25.414, el Poder Ejecutivo dictó los decretos 493/01 y 615/01.
El primero de los citados excluyó de la franquicia a los "diarios y publicaciones periódicas impresos", al mismo tiempo que eliminó la restricción establecida en el segundo párrafo de la norma, respecto de los bienes comprendidos en la partida 48.18.
El segundo, por su parte, incluyó nuevamente a los "diarios y publicaciones periódicas impresos", excepto que la venta, locación oimportación fuera efectuada por sujetos cuya actividad sea la producción editorial.
Por último, y en uso de las facultades conferidas por el art. 7, inc. h, punto 22, de la ley 23.349 y por el art. 99, inc. 2, de la Constitución Nacional, emitió el decreto 616/01 cuestionado en el presente.
—V-
En el sub lite corresponde dilucidar, entonces, si el Poder Ejecutivo Nacional ha utilizado correctamente la facultad reglamentaria invocada en los considerandos del decreto 616/01 para excluir dela exención a "las obras musicales impresas" y a "los álbumes o libros de estampas y de los cuadernos para dibujar o colorear para niños".
Es reiterada jurisprudencia de V.E. que cualquier extensión analógica, aún por vía reglamentaria, de los supuestos taxativamente previstos en la ley se exhibe en pugna oon el principio constitucional de legalidad del tributo, y que ninguna carga tributaria puede ser exigiblesin la pr eexistencia de una disposición legal encuadrada dentrode los preceptos y recaudos constitucionales, esto es válidamente creada por el único poder del Estado investido de tales atribuciones, de conformidad con los arts. 4, 17, 44 y 67 —texto 1853-1860— dela Constitución Nacional (Fallos: 248:482 ; 303:245 ; 305:134 ; 312:912 ; 316:2329 , entre muchos otros relativos al principio de legalidad tributaria).
Paralelamente a ello, ha sostenido que, del mismo modo que el principio de legalidad que rige en la materia impide que se exija un tributo en supuestos que no estén contemplados por la ley, también veda la posibilidad de que se excluyan de la norma que concede una
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3173 
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