326 reiteró el envío de cartas documento insistiendo en su derecho al cobro.
A modo de conclusión resalta el comportamiento de los demandados, destacando que "según trasuntan las contestaciones recibidas nadie lo conoce al señor Magnarelli y nadie se dignó informarle siquiera si los saldos se pagaron, ni cuándo, ni nada que pueda dar satisfacción a su legítimo derecho a saber qué se hicieron de los fondos públicos que estaban destinados al pago de sus servicios".
Es por tales razones que dice verse obligado a iniciar la presente demanda.
Solicita que se dispongan medidas preliminares afin de acreditar la existencia legal de la denominada alternativamente "UTE de Prestadores", "UTE de Hoteles y/o Hoteles Misiones/Latinos y otros UTE".
Asimismo que se intime al señor Víctor Chemes, quien actuó al parecer como representante de la mencionada "UTE", afin de que preste declaración jurada y aporte copia de la documentación relativa a la constitución de aquellos entes y su condición derepresentante de ellos.
Pide que se haga lugar a su pretensión, con intereses y costas.
11) A fs. 101 amplía la denanda y sdiicita que seintime la presentación de documentación en poder de las demandadas.
111) A fs. 110/113 se presenta el Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados, opone la excepción de falta de legitimación pasiva y reseña los antecedentes del caso. Reconoce como auténticos el convenio suscripto el 14 de octubre de 1994 entreeel Instituto y la Provincia de Misiones, la resolución 1210 del 17 de ese mismo mes y año, el acuerdo celebrado con la provincia por el cual se modificaron los montos establecidos originariamente y también las cartas documento remitidas por el actor.
Recuerda las estipulaciones contractuales, en particular la que establece que el Instituto asumirá el pago total de los gastos que demande la atención de los contingentes y que la provincia sehará cargo de los convenios que se lleven a cabo para contratar cada servicio, y dice que de esta documentación surge que el Instituto contrató excl usivamente con la provincia. Agrega que la inclusión del viaje en el buque "Humberto M." en el anexo del contrato se debió a la iniciativa
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1284
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