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Fallos: 325:2938 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de noviembre de 2002.

Vistos los autos: "Estado Nacional - Estado Mayor General del Ejército e/ Tucumán, Provincia de s/ daños y perjuicios", de los que Resulta:

1) A fs. 23/25 se presenta el Estado Nacional e inicia demanda contra la Provincia de Tucumán por los daños y perjuicios derivados del incumplimiento del convenio suscripto entre el Estado Mayor General del Ejército y el gobierno provincial el 6 de diciembre de 1993 en relación con un predio de su propiedad ubicado en la capital provincial, Dice que ese inmueble le había sido donado por la demandada en virtud de lo dispuesto por la ley provincial del 12 de enero de 1907 y que allí tuvo su asiento el Regimiento de Infantería N° 19.

Puntualiza que mediante el convenio referido el Ejército se comprometió a desafectar el inmueble, mientras que el gobierno provincial se obligó a construir un conjunto de viviendas, En el acto de suscripción del convenio entregó las instalaciones militares, bajo la condición resolutoria de que la demandada edificara la mitad de las casas en el año 1994 y la otra mitad durante 1995.

Afirma que la provincia no cumplió lo pactado y que por tal razón el Ejército la intimó (mediante carta documento del 14 de marzo de 1995) a restituir el inmueble. Señala que la demandada tampoco satisfizo este requerimiento, lo que motivó la promoción de un juicio de desalojo que tramitó ante esta Corte. Agrega que el 27 de mayo de 1999 el Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó el desalojo del inmueble, pues consideró que —frente al incumplimiento de la provincia— aquel convenio había quedado sin efecto. Añade que la demandada no acató esa decisión, de manera que el proceso se encuentra actualmente en la etapa de ejecución.

Reclama la suma de $ 2.067.390 que estima en función del valor locativo del inmueble.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2938 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-2938

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