JUANA ISABEL BORDON -NncibENTE— v. LOTERIA NACIONAL peL ESTADO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Forma.
En principio no procede el recurso extraordinario interpuesto en forma condicionada o subsidiaria.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Forma.
Se configura un supuesto de excepción a la regla que considera inadmisible el recurso extraordinario interpuesto en forma condicionada o subsidiaria, si en el escrito de interposición resulta definido el agravio que se invoca y planteada la cuestión federal.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Forma.
No resulta impedimento para la procedencia del recurso extraordinario que el apelante lo haya condicionado a la denegatoria de otro recurso, si desestimado este último, aquél cuenta con fundamentos autónomos suficientes para su sustentación.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
Es improcedente el recurso extraordinario contra el pronunciamiento que dejó sin efecto la regulación de honorarios de un perito, pues no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 ley 48).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Forma.
Es improcedente el recurso extraordinario contra lar esolución que dejó sin efecto la regulación de honorarios de un perito, pues fue interpuesto en forma condicionada o subsidiaria (Voto de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Antonio Boggiano).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.
Forma.
Es improcedente el recurso extraordinario contra lar esolución que dejó sin efecto la regulación de honorarios de un perito pues fue interpuesto en forma subordinada al resultado de otro recurso (Voto del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1986
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