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Fallos: 322:3367 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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sonal de la Superintendencia de Bomberos de la Pdlicía Federal que concurrióal lugar del siniestro. Entreellos sobresalen los testimonios delosintegrantes de las dotaciones del cuartel | V —Recoleta—, quienes fueron los primeros en arribar a la zona del siniestro. También merecen una especial atención las crónicas de los encargados de dilucidar la forma en que se produjo la explosión y los datos brindados por algunos de los jefes de dicha fuerza. Ver al respecto lo declarado por los suboficiales Mario J. Infanteafs. 31.755/56, Raúl Chamorro a fs. 31.809/ 11, Ruben A. Quintana afs. 31.818/21, Carlos A. Tejera afs. 31.812, el Inspector Claudio G. Bodaño a fs. 2.980 y 25.644/46, y los Comisarios Guillermo P. Scartascini a fs. 2.903, 5.244/46 y 27.908/11, Pedro L.

Oyhambure a fs. 2.902 y 5.241/43, Carlos A. Ballart a fs. 27.918/19, Carlos A. Guerrieri a fs. 28.317/22, Roberto O. Martínez a fs. 32.486/ 87, Mario A. Saavedra a fs. 32.488 y Héctor O. Rago a fs. 28.006/9 y 28.133/34.

43) Quetoda la temática precedentemente precisada se veilustrada por las diversas vistas fotografías y planos glosados en autos —particularmente en el referido peritajedela Superintendencia de Bomberos—, como así también por el resto del material fotográfico y fílmico reservado en el tribunal y que fuera

Que en resumen se puede afirmar que el peritaje de la Pdlicía Federal, entre otras cosas, comprueba:

a. el hallazgo de la pieza mecánica de interés en el lugar indicado, b. la existencia de otros restos del vehículo en cuestión esparcidos en los alrededores, Cc. la ubicación de las improntas producidas por la deflagración de los mismos, y d. la aparición de remanentes del rodado que soportó la carga explosiva en el interior del cráter.

44) Que sobre los puntos señalados existe una concordancia sustancial con las conclusiones del peritaje realizado por la Gendarmería Nacional.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3367 
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