general no importa la desincriminación de conducta alguna sino una alteración o sustracción de contenido en el marco de la ley penal en blanco que lo tiene como referencia.
CONTROL DE CAMBIOS,
No es aplicable el principio de la retroactividad benigna del art. 2? del Código Penal en el caso en que la modificación o derogación introducida por el decreto 530/91 al régimen cambiario no importó la desincriminación de la conducta prevista en el art. 1° de la ley 19.359 ni la reducción de las penas allí impuestas.
CONTROL DE CAMBIOS.
El régimen de control de cambios resulta trascendente para la economía, en tanto tiene como objeto proteger la moneda y regular las importaciones de modo que su infracción causa un daño "consistente en la perturbación y obstaculización de la política económica y financiera del Estado".
CONTROL DE CAMBIOS.
El requerimiento formulado por el Banco Central por el cual se puso en conocimiento de los sancionados la falta de liquidación de las divisas provenientes de exportaciones interrumpe la prescripción de la acción penal cambiaria.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de mayo de 1997.
Vistos los autos: "Argenflora Sociedad en Comandita por Acciones — Argenflora Sociedad de Hecho s/ infr. ley 19.359".
Considerando: .
1) Que la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, al confirmar la sentencia de primera instancia, condeo nó en forma solidaria a Argenflora S.C.A. en su condición de responsable cambiario y a Lino Mavolo, a la pena de multa por infracción al régimen penal cambiario en razón de la falta de ingreso y negociación
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:764
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