420 1143 14.7.— Intervenir en todo procedimiento de contratación de obras, compraventa de bienes de uso, cesión olocación de inmuebles, o de servicios no personales relacionados con las funciones encomendadas, colaborando en la confección de pliegos y demás aspectos técnicos de la contratación.
14.8.— Estudiar y proponer la aplicación de tecnologías en los procesos de su competencia y administración.
14.9.— Prestar asistencia y asesoramiento a los cuerpos técnicos y dependencias administrativas del Poder Judicial de la Nación, proponiendo pautas para confección de informes, sus metodologías, cálculos explicitados y estimaciones objetivas.
14.10.— Asesorar en los procesos de preadjudicación y/o recepción definitiva de bienes y servicios, cuando le sea requerido.
DIRECCIÓN DE MANDAMIENTOS Y NOTIFICACIONES
15.— Misión:
Receptar y ejecutar órdenes judiciales emanadas de los tribunales nacionales y provinciales, personas o entidades con atribuciones legales, contenidas en mandamientos, oficios y notificaciones.
16.— Funciones:
16.1.— Recibir, registrar y controlar la ejecución de las órdenes judiciales.
16.2.— Atender los requerimientos, informes y diligencias de los tribunales, de la Administración General y profesionales habilitados.
16.3.— Ordenar los trámites necesarios para el adecuado y efectivo cumplimiento delas diligencias, solicitando en su caso, la colaboración de los organismos especializados.
16.4.— Instruir los sumarios que facultan los reglamentos vigentes, aplicando o aconsejando las sanciones que procedieren, con conocimiento de la Administración General.
16.5.— Entender en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, en la permanente capacitación de funcionarios. Oficiales de Justicia y Notificadores.
16.6.— Programar zonas, métodos y procedimientos para la eficacia de las diligendas.
16.7.— Controlar y evaluar la ejecución de los trámites vinculados con el cumplimiento de las órdenes judiciales.
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1143
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