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Fallos: 32:131 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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su poder judicial debe ser ejercido en la forma de apelacion y solamente en esta forma, La jurisdiccionoriginaria no puede ser ampliada, pero su jurisdiccion apelada puede ser ejercida en todos los casos de quese pueda tomar conocimiento bajo este artículo, en los tribunales federales, en los cuales la jurisdice cion originaria no puede ser ejercidas, (Colens v. Virginia 6, Wheat 204).

Y todavía conviene apuntar el siguiente: ex-parte Barry, 2710, 65, en que fué decidido (número 2112) que la Suprema Corte no tiene jurisdiccion originaria en un procedimiento iniciado por individuo particular que es estranjero, para obtener reparacion de agravios hechos por otro individuo particular que es ciudadano, puesto que se trataba de la detencion indebida de una persona.

Kansey's Digest 30. «La Corte Suprema, no tiene jurisdiccion originaria en una solicitud de habeas corpus hecha por un estrangero que no esun embajador, un ministro ni cónsul,» El Juez Story pronunció la opinion de la Corte. uEstecaso, dijo, es reconocidamente pidiendo el ejercicio de la jurisdiccion originaria por esta Corte. La constitucion de los Estados Unidos, no ha conferido tal jurisdiccion originaria sinó en todos los casos que afectan embajadores, otros ministros públicos y cónsules y aquellos en que un Estado sea parte, El caso actual no puede incluirse en una ni en otra proposicion. Es el caso de un individuo particular estranjero que busca reparacion por un daño alegado que le ha inferido otro individuo particnlar nue es ciudadano de New-York. Es claro por consiguiente que este tribunal no tiene jurisdiccion originaria para atender la presente solicitud y que nosotros no polemos acordar ningun acto de habeas corpus, escepto cuando es necesario para el ejercicio de la jurisdiccion dada ú esta Corte por la Constitucion 6 las leyes de los Estados Unidos, ya sea originaria ó apelada, Por consiguiente, sin entrar en los méritos de esta solicitud, estamos obligados por nuestro deber, ú rechazar la peticion dejando que el solicitan

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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:131 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-131

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