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Fallos: 319:969 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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2- Luego, colocarán el número correlativo de iniciación del asunto, separado del anterior por un guión. Comenzarán con el N° 00001 y del año, hasta llegar a 99.999, luego de lo cual se comenzará nuevamente con el N° 00001.

— Por último, se colocarán las dos últimas cifras del año calendario separadas del número anterior mediante una barra.

Caratulado de expedientes administrativos Artículo 8: Todo expediente administrativo deberá ser caratulado consignándose el número de expediente, fecha de iniciación, iniciador y asunto, en los lugares previstos a tal fin (Anexo N° 2). La carátula no se foliará.

En "EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO N°" se deberá consignar el número asignado al expediente, según el procedimiento de numeración establecido en la presente.

En "FECHA DE INICIACION" se estampará la correspondiente a la de la respectiva presentación.

En "DEPENDENCIA" se consignará aquella ante la cual la gestión se inicia.

En "INICIADOR" se señalará quién promueve la gestión, de conformidad con su presentación escrita, inscribiéndose su denominación o apellido y nombre, según corresponda y localidad a que pertenece, en caso de ser del interior del país.

En "ASUNTO EL..." se reservará para la oportunidad en que dicho trámite se cumpla, completándoss en ese momento los datos requeridos.

Artículo 9: El procedimiento de caratulado antes descripto deberá ser ejecutado a través del sistema de informática instalado en cada dependencia susceptible de iniciar actuaciones, operándose a tal fin y en concordancia con lo antes expuesto de la siguiente manera:

1. El código de dependencia lo asignará automáticamente el sistema en relación con el operador que registra la actuación.

2-El número será el correlativo al último asignado por el sistema. De no contarse con el servicio informático por razones de fuerza mayor, se podrá asignar en forma manual el número correlativo siguiente que corresponda para proceder luego a su carga de manera diferida en el sistema.

3. El añodela actuación será asignado por el sistema, y será el vigente al momentode caratular la actuación.

4-La fecha de iniciación será registrada automáticamente por el sistema, tomando la del día en que se efectúe la caratulación.

5- La dependencia de origen será asignada y registrada por el sistema, en base al operador que se encuentra realizando el ingreso del expediente.

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:969 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-969

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