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Fallos: 319:2327 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

Las sospechas vehementes de culpabilidad acreditadas mediante el auto de prisión preventiva dictado en un proceso por el delitode usurpación, tornan incierto el derecho de propiedad que reclama el procesado sobre los terrenos en litigio Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

MEDIDAS CAUTELARES.
La restitución del inmueble usurpado deviene ajustada a derecho en salvaguarda del interés de la víctima del delito para asegurar su posesión con el consiguiente disfrute del bien en el caso en que se trata de un terreno del Estado Nacional próximo a la frontera con un país vecino, donde se ejercen actos de control y seguridad propios de la fuerza, en custodia deintereses (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de octubre de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Nicolás Vila en la causa Fiscal e/ Vila, Nicolás y otros", para decidir sobre su procedenda.

Considerando:

12) Quela Sala B de la Cámara Federal de Mendoza —al confirmar el fallo de la instancia anterior— hizo lugar a una medida cautelar innovativa a fin de evitar que se siguieran produciendo los efectos del delito de usurpación, a consecuencia de haberse dictado el procesamiento y la prisión preventiva contra el imputado. Contra ese pronunciamiento el procesado interpuso el recurso extraordinario cuya desestimación motivóla presente queja.

2°) Que el recurrente se agravia por que el a quo ordenó levantar cincuenta kilómetros de alambrados extendidos en zona de montaña con el único fundamento de haberse dictado la prisión preventiva, sin considerar las defensas esgrimidas por aquél referentes a la entidad de los daños irreversibles que ocasionaría la medida dispuesta, conculcándose de ese modo la garantía constitucional de la propiedad y la presunción de inocencia.

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2327 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-2327

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