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Fallos: 318:328 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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decisiones relacionadas con su división en salas y con la designación de diversos funcionarios. Por la resolución 136 del 22 de noviembre de 1994, dictada por los seis jueces entonces en funciones y con la integración del señor fiscal de cámara, se dispuso la formación de dos salas de tres miembros cada una, con competencia omnicomprensiva.

Igual decisión se tomó en la acordada 32 del 1° de diciembre de 1994, ratificada por la resolución 149 del 6 de diciembre del mismo año. En esta última fecha, mediante la acordada 35, se designó secretario de superintendencia al hasta entonces secretario del Juzgado Federal N? 3 de Lomas de Zamora, doctor José Luis Deglaue; y por resolución 150, también de la misma fecha, se autorizó la contratación de la doctora Lía H. Rivera del Prado con una categoría presupuestaria equivalente al cargo de secretario de cámara, hasta el 31 de mayo próximo. 2) Que una vez integrado el tribunal con la designación como nue ° vo juez de cámara del doctor Alberto R. Durán, las anteriores decisiones fueron revertidas. Por la acordada 42 del 23 de diciembre, se dispuso la división en tres salas, las dos primeras con competencia civil, comercial y contenciosoadministrativa, y la tercera con competencia penal, integradas: la Sala I por los doctores Hemmingsen, Revoredo y Schiffrin, este último para dirimir las disidencias; la Sala II por los doctores Frondizi, Nogueira y Dugo; y la Sala III por los doctores Schiffrin, Dugo y Durán. Al día siguiente, por resolución 175, se dispuso revocar las designaciones de los doctores Deglaue y Rivera del Prado, sustituyéndolos por los doctores Walter Néstor Gisande y Mariela Judith Tenembaum. Luego, el día 27 -siempre por mayoría— por la acordada 43 se determinó anular las acordadas 35 y 39, de designación y juramento, respectivamente; del doctor Deglaue, y por resolución 177 se designaron tres secretarías de superintendencia subrogantes. El día 28, por resolución 181, se dispuso restituir al doctor Deglaue como secretario de primera instancia, y por acordada 45 se suspendió el juramento del doctor Gisande hasta que mediase resolución de la Corte.

3) Que además de ponderar los planteamientos efectuados por el magistrado a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Lomas de Zamora, doctor Eduardo E. Mauro y los del doctor Deglaue (exp. 29/95), dada la estrecha vinculación existente entre todas las cuestiones planteadas, corresponde igualmente dar respuesta en un único pronunciamiento a la solicitud de avocación formulada por el doctor Dugo —petición a la cual se adhirieron posteriormente los doctores Nogueira y Frondizi exp. 28/95). - — :

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:328 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-328

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