cia de la justicia federal para entender en el juicio. Buenos Aires, 14 de marzo de 1994. Oscar Luján Fappiano.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA —Buenos Aires, 28 de julio de 1994.
Vistos los autos: "Produsem c/ Cooperativa Agrícola Ganadera de Armstrong s/ cobro de pesos". .
Considerando: . .
- Que esta Corte Suprema comparte y hace suyos los fundamentos del dictamen precedente del señor Procurador General, a cuyos términos se remite en razón de brevedad.
Por ello, se declara admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, declarándose que el Juzgado Federal ° de Primera Instancia N° 1 de Rosario, resulta competente para seguir conociendo en las actuaciones. Notifíquese y remítase.
CARLos S. FaYr — ENRIQUE SANTIAGO PETrACCHI — EDUARDO Morin O'Connor — ANTONIO BOGGIANO — Gustavo A. BossErt.
DANIEL ALBERTO SUPANICHKY v. EMBAJADA DE ISRAEL En La REPUBLICA
ARGENTINA y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares.
Los estados extranjeros y sus representaciones diplomáticas no tienen el carácter de aforados, por lo que la acción dirigida contra el Estado de Israel por daños y Perjuicios, no abre la competencia prevista por el art. 101 de la Constitución acional.
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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:814
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-317/pagina-814
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