prediodereferencia, el escurrimiento queel perito señala como el que adoptarían las aguas con y sin las citadas obras realizadas por la Dirección Provincial de Hidráulica. Manifestaciones parecidas reiteróa fs. 460 al responder al pedido de explicaciones de la demandada.
9") Que el informe del ingeniero Berrilio coincide en términos generales, con estas conclusiones.
En cuanto ala dirección natural del escurrimiento—y dentrodelas limitaciones señaladas por el perito-a fs. 616 vta. del expte. P.414.XX, sostiene que "sería perpendicular a las líneas de nivel, es decir en el sentido del máximo gradiente topográfico, que en la zona es nor oestesudeste, con destino final en la zona más baja de la cuenca endorreica que corresponde al complejo lagunar Hinojo—Las Tunas (Anexo B.A.
VI1).", como ilustra a fs. 591. Criterio que le permite trazar una trayectoria que uniría las localidades de Villa Sauze y Pehuajó "diferente alaimpuesta por la canalización realizada" perotambién sin incidencia alguna de "otros factores antrópicos como por ejemplo, los terraplenes ferro-viales con sus alcantarillas o falta de éstas que condicionan también el curso natural de las aguas". Asimismo, destaca que sólo "una pequeña porción" del campo "forma parte de un bajo encerradoen la cota 107,50 m" (fs. 619 vta.). Parece oportuno recordar que los peritajes agronómicos en ambas causas tampoco le atribuyen condición debajo (ver fs. 421/422, expte. P.405.XIX; fs. 509, expte. P.414.XX, donde se limita la cota 107,5 a un sector de alrededor de 40 ha.).
Mereceuna distinta dasificación, para el geólogo Dores, para quien debe dasificarse el campo según la condición hidrológica imperante, dice que: "en un período seco (1951) la casi totalidad de la propiedad correspondea "áreas sin peligro de sufrir inundaciones' con "suelos bien drenados". En cambio en un período húmedo (1985/86) un 70 corresponde a "áreas inundables que impiden el uso del suelo por afloramientos de agua freática" y "suelos pobremente drenados" (fs. 1157, 1169 vta./1173 —ver fig. 9 defs. 1134— del expte. P.414.XX). La geóloga Fresina-interviniente en el expte. P.405.XIX— concluye que: "al haber ascendido el nivel freático en los últimos años a causa de la lenta pero cada vez mayor infiltración proveniente de lluvias más abundantes y por encontrarse por lotanto todo el sistema saturado, se hace dificultosala infiltración, razón por la que cualquier precipitación posterior provoca derrame superficial", problema que según ella "se agudiza más, con la recarga del acuífero subterráneo proveniente de la infiltración
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1509
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