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Fallos: 316:1098 de la CSJN Argentina - Año: 1993

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Harte y Osvaldo Paulucci Oro, designados por los decretos del Poder Ejecutivo Nacional Nros. 1118/93, 1125/93 y 1129/93 y a los integrantes del Ministerio Público Dres.

Eric Frank Warr y Beatríz Caballero de Barrabani, designados por resoluciones del Ministerio de Justicia de la Nación Nros. 383, 384 y 531/93 respectivamente.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — ANTONIO BocGiANo — RopoLro C.


BARRA — MARIANO AuGusto CAVAGNA MARTINEZ — JULIO S. NAZARENO — AuGusto CÉSAR
BeLLuscio — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — Claudio Marcdo Kiper (Secretario).


CORTE SUPREMA. CENTRALIZACION DE TAREAS ADMINISTRATIVAS.
—N2 36— En Buenos Aires, a los 16 días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señor es Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que mediante acordada 6/93 dictada el 16 de febrero del año en curso, este Tribunal procedió a incorporar la Habilitación de la Dirección General de Mandamientos y Notificaciones a la Prosecretaría de la Corte.

Que tal medida fue dispuesta, frentea la necesidad de centralizar en forma paulatina, idénticas tareas administrativas y que en forma similar se desarrollan en diversas dependencias.

Que en efecto, en esta etapa y en atención a los fundamentos que fueron descriptos, es preciso transferir ala Prosecretaría del Tribunal, la atención de la liquidación de haberes de la totalidad de la Secretaría Letrada de Informática, del Archivo del Poder Judicial dela Nación, de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y de la Central de Comunicaciones del Poder Judicial de la Nación.

Que cabe advertir que en oportunidad del dictado de la acordada 6/93 fue necesario transferir funciones conjuntamente con su personal ejecutante, para que la planta de agentes así incrementada soportara la incorporación de futuras asignaciones.

Que por ello, la presente decisión habrá de importar el traslado de agentes afectados a las tareas de aquí se transfieren, lo que habrá de redundar en beneficio para las restantes gestiones que tramita la Subsecretaría de Administración.

Por ello, Acordaron:

Transferir de la Subsecretaría de Administración la liquidación de haberes de la Secretaría Letrada de Informática, del Archivo del Poder Judicial de la Nación, dela

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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1098 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-316/pagina-1098

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