315 . actuando con suma prudencia, establecer los medios por los cuales aquéllos han de cobrar efectiva vigencia (Disidencia del Dr. Ricardo Levene (h.)).
JUECES.
El control del órgano jurisdiccional no sólo atiende a la protección de los derechos individuales sino al proceso jurídico político en sí, que forma parte integrante del bien jurídico tutelado por dicho control (Disidencia del Dr. Ricardo Levene (h.)).
JUECES.
No puede la acción u omisión de los restantes órganos del Estado impedir que el judicial cumpla con el mandato impuesto por la propia Constitución, pues los jueces, como realizadores de la justicia, poseen a su alcance las prerrogativas y facul tades necesarias para que la totalidad del ordenamiento jurídico vigente sea de efectiva realización evitando la existencia nominal de derechos impedidos de concreción (Disidencia del Dr. Ricardo Levene (h.)).
DERECHO DE REPLICA,
En principio, en la medida en que el reconocimiento del derecho de réplica, rectificación o respuesta, puede llegar a colisionar con el ejercicio de la libertad de prensa, toda interpretación que del art. 14.1 del Pacto de San José de Costa Rica se efectúe, ha de serlo con carácter restrictivo (Disidencia del Dr, Ricardo Levene h)).
DERECHO DE REPLICA.
Elart. 14.1. de la Convención Americana de los Derechos Humanos ha fijado los límites del ejercicio del derecho de réplica, rectificación o respuesta, mediante la enumeración de dos condiciones indispensables: a) la afectación debe provenir de informaciones inexactas o agraviantes, y b) esa afectación debe causar al agraviado un perjuicio (Disidencia del Dr. Ricardo Levene (h.)).
DERECHO DE REPLICA. _ -
Extender el derecho de réplica al campo de las opiniones, críticas o ideas, importaría una interpretación extensiva del mismo que lo haría jurídicamente indefinible y colisionaría con los principios sobre libertad de prensa consagrados en nuestra Constitución Nacional (Disidencia del Dr. Ricardo Levene (h.)). .
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1502
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