FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de marzo de 1992.
Vistos los autos: "Licbau, Gustavo Luis - solicita excepción al servicio militar".
Considerando: 19) Que la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la resolución administrativa que había denegado el recurso de- .
ducido contra la decisión que rechazó el pedido de excepción del servicio militar. Contra esc pronunciamiento el peticionario dedujo recurso extraordinario que le fue concedido a fs. 51.
2) Que la Cámara fundó su decisión en lo dispuesto por los arts. 32, inc. 1,33, inc. 1, 17, inc. a), de la ley 17.531 -texto según la Icy 23.268y 47 del decreto 6701/68. Sostuvo que si bien esta última disposición contempla la incorporación de los disminuidos en su aptitud física sólo en el supuesto en que a la época de la incorporación no se llegara a contemplar la cantidad requerida con los ciudadanos aptos, al haber obtenido el peticionario prórroga y luego su título universitario, resultaba de aplicación lo dispuesto por el art. 17, inc. a), de la ley 17.531 por lo que pudo ser seleccionado por la fuerza correspondiente como oficial en comisión o conscripto en los términos del art. 21 de la citada ley.
39) Que el recurso extraordinario interpuesto resulta admisible pues se ha puesto en tela de juicio la interpretación de normas de carácter federal y la solución a que arribó cl tribunal es contraria al derecho que el recurrente fundó en ellas. 4) Queelart. 21 de la Constitución Nacional disponc que "todo ciudadano está obligado a armarse cn defensa de la patria y de esta Constitución". Esc deber, inherente a la calidad de ciudadano (Fallos: 23:306 ), permite a las leyes cxigir a aquél los servicios que derivan de tan expresa obligación (González. Joaguín V., "Manual de la Constitución Argentina", Ed. Estrada, Bs. As., 1959, n° 99, págs. 119 y 120). En este orden de requerimientos sc inscribe la Icy 17.531 en cuanto instituye el servicio de conscripción que, como fue señalado por la Corte aunque con referencia a otro texto legal, ha sido estructurado con vistas al logro de una alta fi
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:140
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