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Fallos: 314:1369 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.

Las leyes modificatorias de la jurisdicción y la competencia se aplican de inmediato a las causas pendientes, conclusión particularmente válida cuando el proceso se ba iniciado con posterioridad a la creación y funcionamiento del Tribunal Arbitral Internacional de Salto Grande (Voto de los Dres. Augusto César Belluscio, Enrique Santiago Petracchi y Antonio Boggiano).

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte:

—I— La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, Entre Ríos, rechazó la defensa de inmunidad de jurisdicción que, con sustento en el artículo 4° del Acuerdo de Sede suscripto por la República Argentina con la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande -aprobado por ley nacional 21.756-, la demandada opuso, en oportunidad de corrérsele traslado de la presente demanda laboral.

En ese pronunciamiento, el Tribunal Superior de la causa revocó la decisión del Juez de Primera Instancia argumentando que "...para que el art.

4° del Acuerdo resultara operativo debía constituirse un tribunal Arbitral que pudiera reemplazar a los locales en tanto no se recurriera a ellos ..."; y que, en virtud de que esc tribunal arbitral fue creado por la comisión con posterioridad a la fecha que debería tenerse en cuenta a los efectos de determinar el tribunal competente -esto es la del cese de la relación contractual entre actor y demandada-, "...Ja pretensión de llevar al tribunal creado con posterioridad al hecho de la causa esgrimida por la demandada y receptada porela quo configura una clara violación de lo establecido enla Constitución Nacional y el art. 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos .."(s. 122).

Contra ese decisorio interpuso cl recurso extraordinario, que llega a conocimiento de V.E., la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande (fs. 125/ 128). Funda laapelación en el hecho de que la resolución: recurrida desconoce un privilegio reconocido a su favor por legislación federal y que la errónea y arbitraria interpretación efectuada por el tribunal de alzada respecto de la garantía del juez natural impide "...el conocimiento del pleito porel Tribunal

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1369 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-1369

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