"e 3 servicios no esenciales, o también. en diversas ocasiones ha reducidó tl número de agehtes de la administración, mediante una racionalización de su empleo, o introducir economías de diverso tipo.
La administración de la justicia nacional no atimile er vanibio transferencias hi concesiones. Debe cumplirse de modo indelegable por el Estado, a través de sus agtntes pára ello: los jueces. El juezes una pieza insustituible e irreducible del sistema constitucional argentino.
Que es por ello que cabe que el Tribunal tome las medidas que pore a su álcance la ley, en defensa de la propia preservación del Poder que encabeza como un modo de preservación del orden constitucional cuya custodia es su misión esencial.
Porello, Acordaron:
1) Derogar la acordada N' 57/89.
25) Incrementar a pañir del 1° de mayo la remuneración de los magistrados, funcionarios y empleados, conforme surge de las planillas anexas.
3) Comunicar, a fin de que se le dé cumplimiento, la presente acordada al Poder Ejecutivo Nacional por intermedio del Señor Ministro de Educación y Justicia. Asimismo, hágase saher al Señor Ministro de Economía, Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí. que doy fe.- CArtos S. FAyr — Claudio Marcelo Kiper (Secretario)
SERVICIO DE RECONOCIMIENTOS MEDICOS DEL PODER JUDICIAL.
SE DEJA SIN EFECTO NOMBRAMIENTO.
—N"43En Bucnos Aires, a los 3 días del mes de julio del año mil novecientos noventa. reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, el señor Presidente doctor don Ricardo Levene (h), el señor Vicepresidente doctordon Mariano Augusto Cavagna Martínez y los señores Jueces doctores don Carlos Santiago Fayt, Augusto César Belluscio, Enrique Santiago Petracchi, Rodolfo Carlos Barra, Julio Salvador Nazareno, Julio Oyhanarte.
Consideraron:
Que, producido el concurso dispuesto por resolución 173/89 por cargos vacantes en el Servicio de Reconocimientos Médicos, por Acordada 20/90 el Tribunal designó al Dr. Carlos Alberto Akkhactcherian en el cargo de prosecretario administrativo.
Que. el señor jefe Dr. Anibal Oscar Abalos comunicó a esta Corte que, a pesar de la notificación del nombramiento, el interesado no concurrió a prestar servicio.
Por ello, Acordaron:
Dejar sin efecto el nombramiento efectuado por acordada 20/90 con relación al Dr. Carlos Alberto
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:46
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