verdad que en la demanda el actor no pidió la declaración de nulidad" de tal acto. - .
5 Que no resulta necesaria mayor sustanciación para resolver el fondo del asunto, a cuyo fin son aplicables al sub examine los funda mentos y conclusiones del voto en disidencia in re W.20.XX. "Witcel S. A.C.I.F.I. A. c/ Banco Central de la República Argentina s/ ordinario" N (fallo de 25 de agosto de 1987), al que cabe remitirse por razones de brevedad, sin perjuicio de agregar que la ausencia de derechoa percibir un mayor tipo de cambio que el establecido por el Banco Central dela , República Argentina en ejercicio de sus facultades, excluye la viabilidad del planteo central de la apelante acerca que en el caso se habría configurado un ¿upuesto de expropiación.
Por ello, se deja sin efecto el pronunciamiento-de fs. 462/465, y en — " cuantoal fondo de la cuestión, se rechaza la demanda, con costas.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO Bacqué ; OMAR AGUILERA v. PROVINCIA DE LA PAMPA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos provinciales, No procede el recurno extraordinario contra la decisión que anuló la destitución de un agente de la policía provincial, pues se ha plantendo la invalidez de un acto emanado. del Poder Ejecutivo provincial fundado en normas locales, por ser violatorio de disposiciones constitucionales y de la ley 21.267 y el pronunciamien- .
to no ha sido en favor de la validez de aquél.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL -
Suprema Corte: .
E. e ! El actor inició demanda contencioso administrativa contra la Pro- vincia de La Pampa, enderezada a impugnar el decreto 2151/85, .
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:995
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