consecuencia se rechaza el interpuesto a fs. 148/154 y estése a lo decidido a fs. 149.
José Severo CABALLERO — CArLos S. FAYT — Jorce AnTonto Bacquí.
CAMILO EUCENIO LORENZO y Omos . JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. .Por el territorio. .
. Lugar del delito. .
Si puede seriamente sospecharse que el domicilio social es ficticio o ha sido elegido para eludir la competencia de determinados tribunales, cs competente para conocer en los delitos previstos en los arts. 176, 177 y 178 del Código Penal el juez de la jurisdicción donde se encontraban tanto el asiento de los negocios como la sede de la administración de la fallida.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte: .
La presente contienda. negativa de competencia se ha trabado entre el Juzgadó Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción N° 19 cuyo titular es el Dr. Miguel Angel Caminos y el Juzgado Penal N° 8, a cargo del Dr. Ezio Daniel Radaelli de Morón Provincia de Buenos Aires. En mi opinión, V.E. es competente para dirimirla en virtud de lo preceptuado por el art. 24, inc. 6, del decreto-ley 1285/58.
La investigación se centra sobre presuntas maniobras realizadas por los integrantes del directorio de Viper S.A. con motivo de la quiebra de la misma, las que "prima facie", podrían encuadrarse en la figura tipificada en el art. 176 del Código Penal.
Compartir
106Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2124
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-2124
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 310 Volumen: 2 en el número: 484 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos