Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 310:1635 de la CSJN Argentina - Año: 1987

Anterior ... | Siguiente ...

para entenddr en esta causa, en la que se investiga la presunta comisión de delitos contra la salud pública, que habrían tenido lugar con motivo de las tareas experimentales llevadas a cabo en el. Centro Pa- .

namericano de Zoonosis. De acuerdo con el status internacional del que goza dicho organismo, entendió que esta causa es de aquéllas en que corresponde el conocimiento originario de esta Corte (artículo 24, inciso: 19, del "decreto-ley 1285/58). .29) Que de conformidad con lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a fs..113/114, el personal, fondos, propiedades y capital dél Centro Panamericano de Zoonosis se. hallan incluidos en las disposiciones y prerrogativas pertinentes de la Convención de 1947 sobre los Privilegios e Inmunidades de los organismos especializados de las Naciones Unidas. 3) Que tiene reiteradamente resuelto esta Corte que la jurisdicción originaria comprende a los embajadores y ministros públicos artículo 101 de la Constitución Nacional), y toda vez que esta limitación no es susceptible de extensión legislativa, los privilegios diy plomáticos de que pudieran hallarse munidos los funcionarios de un organismo internacional, no pueden alterar dicha competencia (Fallos:

250:774 , entre otros).

49) Que tampoco habilita la jurisdicción originaria del Tribunal el privilegio reconocido por la mencionada Convención a los bienes y propiedades del organismo. Ello es así —además de por lo dicho en el considerando anterior— porque si los Estados extranjeros no revisten calidad de aforados a los efectos del artículo 101 de la Constitución Nacional (Fallos: 304:1495 ; 305:72 , 1148, 1872, entre muchos otros), no' puede encontrarse en mejor situación ni gozar de mayores privilegios un organismo internacional creado por voluntad de esos Estados (Fallos: 306:586 ).

5) Que, en consecuencia, las actuaciones deberán ser devueltas al tribunal previniente, el que deberá resolver, en 'su caso, lo concerniente a la existencia y alcance de las inmunidades y privilegios de que pudieran gozar las instalaciones y bienes del Centro Panamericano de Zoonosis y sus funcionarios (Fallos: 302:63 y sus citas).

ER

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

93

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1635 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1635

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 310 Volumen: 1 en el número: 1635 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos