dole alimentaria los interesados deban seguir procesos de varios años de duración. Los propósitos que motivaron la creación del fuero laboral, se agregó, se ven así totalmente defraudados, ya que lo que se requiere —a fin de que dicho fuero cumpla efectivamente su función— es una justicia rápida y expeditiva, y no UN proceso que en muchas ocasiones se prolonga por tiempos apreciablemente superiores a los que demanda la sustanciación de las causas en cuestiones de otro carácter, .
Que, con base en esos motivos, la Corte se dirigió al Poder Ejecutivo Nacional, acompañando copia de la comunicación del Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sugiriendo la necesidad de que se pro Picien determinadas medidas legislativas, de las que cabe especialmente recordar la creación de 35 juzgados Nacionales de Primera Instancia del Trabajo y la de un fuero especial de previsión social integrado únicamente por una Cámara de Apelaciones.
Que, el 10 de diciembre de 1985, el Tribunal dispuso reiterar los términos de la acordada antes citada, comunicándola a las Cámaras del Congreso Na- .
cional, .
Que, el 8 de mayo de 1986, fue nuevamente repetida la declaración de .
1984, oportunidad en la que se subrayó que, transcurridos dos años desde esta última, la situación no había sido solucionada, en tanto se presentaron nuevas «solicitudes de la Cámara Laboral de ampliación de términos, con el consiguiente perjuicio para los litigantes. También fue puesto de manifiesto, que .
"la cuestión tiene especial relevancia —por el carácter de la materia de que tratan— en los supuestos de expedientes previsionales, El incremento del envío efectuado por la Comisión Nacional de Previsión Social es de una magnitud tal —según el informe de la Presidencia de la Cámara Nacional del Trabajo son —.
7500 al día 14 de mayo de este año, que el tiempo que insumirá su resolución equivaldrá, prácticamente, a una denegación de justicia que afectará a un estrato social con reales y conocidas necesidades alimentarias" (acordada N° 17).
Que, finalmente, el 18 de setiembre de 1986, fue una vez más reproducido lo expresado en las acordadas 37/84 y 17/86 cits. (acordada N° 41), Que hoy, a casí tres años de la primera exhortación puede afirmarse que el estado de cosas existente en la práctica lejos de haber encontrado mejoría se ha visto empeorado. Respecto de la mencionada justicia nacional de primera instancia cabe señalar que, mientras que para el 31 de diciembre de 1983 el número de los expedientes a su cargo era de 74.939, para igual fecha de 1986 alcanza a 94.477. Súmase a ello que en este año, hasta el 22 de abril la justicia del trabajo recibió 14.455 demandas, Y, el número de dichos juzgados, no ha sido aumentado en medida alguna.
Que, respecto de la :Cámara Laboral, el volumen de tareas se ha incre
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:13
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