mandante revelan que estos testigos se han presentado voluntariamente á ofrecer su testimonio, pues no otra cosa significan las cartas dadas por ellos antes de la iniciacion del proceso, transcriptas en el escrito de demanda, circunstancia que los hace muy sospechosos de parcialidad, segun lo enseña Curavantes, tomo 2", número 939, y les quita la poca fé que puede merecer un testimonio singular.
5" Que es tanto más sospechable la complacencia de estos testigos, cuanto que, segun Lara, el demandado se había espresado en los términos que indica, delante de varias personas, en el café del Mercado Constitucion, no habiendo sin embargo presentado alguna de ellas para corroborar su testimonio.
6" Que segun lo resuelto en el auto de prueba y en conformidad á lo que dispone el artículo 1089 del Código Civil, el demandante ha debido probar, no solamente las conversaciones calumniosas é injuriosas que supone propaladas por Peyredieu, orígen de este juicio, sinó que de nlli le resultó daño efectivo y cesacion de ganancias apreciable en dinero, pues esta circunstancia es una condicion indispensable para el ejercicio eficaz de la accion civil tendente á obtener indemnizaciones pecuniarias, segun el artículo citado; sobre euyos puntos no se ha producido más prueba que la estimación hecha por el testigo Lara, vagnmente, en muchos miles de pesos que ha dej.do de ganar Bradley, á consecuencia del descrédito que le ocasionaron dichas conversaciones y el retiro de algunas consignaciones.
79 Que entre tunto, de lus mismos testimonios del demandante resulta que cuando se disolvió la sociedad quedando Bradley á cargo del activo y pasivo, esta se hullaba en estado de insolvencia, pues Patiño dice que estaba quebrada, y Therman, que Bradley hizo un arreglo con uno de sus acreedores, el Señor Beckhaus, para pagarle ciento y tantos mil pesos cuando pudie= ra, de modo que mús lúgico es atribuir el retiro de algunas cousignaciones ú esa circunstancia y en mucha parte al hecho
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Año: 1887, CSJN Fallos: 31:141 
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