Corresponde aclarar que a la fecha de la privación de libertad eran Comandantes en Jefe los procesados Viola, Massera y Agosti.
En cuanto al conocimiento que pudieron haber tenido los Brigadieres Generales Omar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lami Dozo, el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri y el Almirante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación de la libertad de que fuera víctima Eduardo Alberto Martínez y sobre cuya base debían haber formulado la pertinente denuncia, conviene hacer una distinción. .
En cuanto a los Comandantes de la Fuerza Aérea Argentina y de la Armada Argentina, mal puede adjudicárseles conocimiento de estos hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno a ellos.' Respecto del Teniente General Leopoldo Fortunato .
° Galtieri no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su comandancia del arma con posterioridad a la detención, que permita acreditar con fehaciencia tal extremo.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Eduardo Alberto Martínez fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146. .
CASO Ne: 340: LARRUBIA, SUSANA ALICIA — No está probado que Susana Alicia Larrubia haya sido privada de su libertad en el mes de noviembre de 1978.
Mónica Susana Fernández al declarar ante la Comisión Nacional de Desaparición de Personas expresa que Larrubia, aparentemente junto con su compañero desaparece, ocho días después es llevada a entrevistarse con su padre, ocasión en que le habría entregado dos cartas: una para su hermana y otra con indicaciones de cómo deseaba que se cuide su hija la que quedó a cuidados de su , abuelo desde el suceso narrado. , Lo expuesto, sumado al escaso valor convictivo de la prueba .
testimonial vertida por Horacio Cid de la Paz por vía de exhorto ! 1
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:994
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