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Fallos: 309:1251 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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declaración ante la CONADEP expresaron que habían visto al causante en el interior de la Escuela de Mecánica de la Armada. No está probado que el causante recuperó su libertad. Según los testimonios incorporados a esta causa no volvió a ser visto ni se tuvieron más noticias de él. . Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Guillermo Raúl Díaz Lestrem fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N° 146.


CASO N° 509: ASTELARRA, MARIA PATRICIA
Está probado que el 1? de julio de 1976, en'horas de la madrugada, María Patricia Astelarra fue privada de su libertad en su domicilio de Calle 4 del Barrio Bajo Palermo de la Ciudad de Córdoba, capital de la provincia homónima, por un grupo de personas armadas que dependían operacionalmente del Ejército Argentino.

Ello surge de las declaraciones testimoniales de su padre José Leandro Astelarra y de su compañero Gustavo Adolfo Contemponi, ante el Tribunal. El primero sitúa el hecho a fines de' junio o principios de julio de 1976; lo supo tiempo después. El segundo, tomó conocimiento directo por haber sido secuestrado junto con ella, en la casa en que vivían; refiere que se trataba de un grupo de entre 12 y 15 personas, con indumentaria civil y armas largas. Ambos corroboran sus propias manifestaciones ante el Juzgado Federal N% 2 de Córdoba, expediente N° 327/84, fs. 63. Por su parte el Coronel (RE) Guillermo José Gilberto Genta, refiere haberse enterado de ello en esa fecha por dichos de su padre.

Luego de su detención se: hicieron gestiones ante autoridades , en procura de la averiguación de su paradero y libertad. .

Su padre y Contemponi manifiestan. que se dirigieron en persona al Estado Mayor General del Ejército, recibiendo respuesta telefónica a los dos o tres días, por la que se le hizo saber que esa

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1251 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1251

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