privación ilegítima de la libertad de Alejandra Beatriz Roca, tra mita ante el Juzgado de Instrucción N° 3, Secretaría 108. Manifiesta que encontrándose su casa en la fecha indicada en el primer párrafo, en compañía de sus hijos María Alicia y Pablo Jorge, el esposo de la primera, Alfredo Mopardo, y la novia del segundo, Alejandra Roca, se escucharon violentos golpes en la puerta de entrada, lo que hizo que los jóvenes fueran a ver qué ocurría. La puerta fue destrozada penetrando a la finca numerosos hombres uniformados y armados que se dieron a conocer como del Ejército Argentino. Estas personas taparon los ojos de la dicente, la ataron y la obligaron a penetrar en una habitación, previo pedirle una suma de dinero si quería que el procedimiento no se llevara a cabo.
Que pasado un tiempo y como ya no oía ruidos, salió de la habitación notando que sus familiares ya no se encontraban en la casa y que allí había un gran desorden con roturas y sustracción de efectos y dinero, así como inscripciones en las paredes contra el movimiento montonero. Ante esta situación, concurrió a la Comisaría de Castelar para denunciar el hecho pero no se le recibió declaración alguna, dando a entender que estaban ya enterados de lo que sucedía. . " En autos y en la causa del Juzgado de Instrucción, ya mencionada, también declara Roberto Morcillo, esposo de Vilma Iglesias, que fue avisado por teléfono de lo sucedido por lo que concurrió de inmediato. Observó todos los daños en la casa y las inscripciones en las paredes, también concurrió a la Comisaría de Castelar sin resultado alguno, quedando con la misma sensación que su esposa, sobre que algo se sabía allí.
Ambos declarantes se enteraron que ese mismo día había desaparecido de la casa de sus padres, en Castelar, Selva Mopardo, hermana de Alfredo Mopardo.
A todos estos elementos ya mencionados se deberá agregar lo que se irá narrando en los puntos siguientes y lo que surgirá de los casos 426, 429, 430. - - .
Que a la luz de todos los antecedentes narrados y los que irán agregándose en los casos anteriormente mencionados, vuelve a que- .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1151
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